Servicio ART. 222

Esta Jefatura presta servicios de vigilancia especial al amparo del Art. 222 de la ley 13.318 del 28 de febrero de 1964, modificativas y concordantes, los cuales son coordinados y contratados en la Oficina Reguladora Art. 222 dependiente del Departamento de Gestión y Desarrollo de RR.HH de esta UU.EE, su prestación está sujeta a aprobación dependiendo de estrictos criterios de seguridad, de la capacidad del personal y de los servicios determinados como prioritarios por el Ministerio del Interior en los siguientes orden: seguridad bancaria pública y privada, seguridad en transporte de valores y caudales, seguridad en la educación y seguridad en el deporte.

Consultas por el Teléfono: 21528217